En el marco de los principios que orientan las acciones de la red de Bancos de Alimentos en Colombia, integridad, equidad, lealtad y transparencia y considerando nuestra misión la cual está orientada a promover la reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos y mejorar la seguridad alimentaria y nutricional de la población en situación de vulnerabilidad, les recordamos que está prohibido el desarrollo de actividades de proselitismo político en el marco de la gestión que realizan los Bancos de Alimentos en Colombia.

En este sentido, en razón a nuestros propósitos y de cara a las elecciones legislativas de Colombia que se realizarán el domingo 29 de octubre del 2023 para las elecciones regionales, no está permitido que por medio de los productos entregados en donación a ABACO y la red de bancos de alimentos, se adelante:
1. Contribución a algún partido, movimiento político o candidato o inducir a otros a que lo hagan.
2. Acosar, presionar, o determinar, a cualquier persona a respaldar alguna causa, campaña o controversia política,
3. Favorecer con promociones o ayudas a personas con fines políticos
4. Ofrecer ayudas o beneficios con fines políticos
5. Favorecer con algún trámite o servicio para influir en la intención de voto de los ciudadanos.
6. Distribución material político.
7. Utilización los de recursos de los Bancos de Alimentos con fines políticos.
Los empleados, colaboradores, voluntarios y/o beneficiarios de los Bancos de Alimentos no podrán ser obligados o inducidos a votar por algún candidato específico, ni pueden excluir o incluir a ninguna persona por motivos electorales. Así mismo, no podrán presionar, constreñir o determinar en cualquier forma a ninguna persona para que respalden algún candidato, causa, campaña o controversia política.
Así las cosas, les recordamos además que el Código Penal Colombiano, establece en su artículo 387:
“Constreñimiento al sufragante. El que amenace o presione por cualquier medio a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley, con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato o lista de candidatos, voto en blanco, o por los mismos medios le impida el libre ejercicio del derecho al sufragio, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En igual pena incurrirá quien por los mismos medios pretenda obtener en plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, apoyo o votación en determinado sentido, o impida el libre ejercicio del derecho al sufragio.

La pena se aumentará de la mitad al doble cuando la conducta sea realizada por servidor público, cuando haya subordinación o cuando se condicione el otorgamiento o acceso a beneficios otorgados con ocasión de programas sociales o de cualquier otro orden de naturaleza gubernamental.
La pena se aumentará en una tercera parte cuando la conducta sea cometida por miembros de Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados”.
Teniendo en cuenta las consideraciones antes expuestas, es importante que las personas que trabajan en nuestra Red de Bancos de Alimentos eviten la ocurrencia de cualquier comportamiento que pueda implicar una conducta prohibida o delictiva frente a la participación en política establecidas en las normas señaladas y que, en caso de duda sobre alguna actuación, se eleve previamente la consulta a ABACO. Así mismo, en el evento que se evidencie cualquier irregularidad, la misma debe ser informada a ABACO.
Basados en lo anterior, queremos recomendar:
1. Prohibir a empleados, voluntarios y organizaciones beneficiarias asistir a la sede del Banco de Alimentos con ropa alusiva a candidatos, partidos políticos y/o campañas políticas.
2. Prohibir a empleados, voluntarios y organizaciones beneficiarias entrega en horario laboral material alusivo a candidatos, partidos políticos y/o campañas políticas.
3. Prohibir parquear en el banco de alimentos o en la acera frontal del mismo, carros o motos con material alusivo a candidatos, partidos políticos y/o campañas políticas.
4. Prohibir a las organizaciones beneficiarias usar el producto donado en eventos de candidatos, partidos políticos y/o campañas políticas.
5. Sancionar con no entrega de producto durante 1 año a las organizaciones beneficiarias a las cuales se les evidencie el uso indebido del producto.
6. Poner en conocimiento de empleados, voluntarios y organizaciones beneficiarias esta circular.
7. Generar un comunicado público informando lo descrito en esta circular.
Por lo anterior la Asociación de Bancos de Alimentos de Colombia ABACO los invita a promover con los empleados, voluntarios y organizaciones beneficiarias a participar activamente en las próximas elecciones, con su derecho al voto.

Ante cualquier consulta o reporte de irregularidad puede comunicarlo al mail: comunicaciones@abaco.org.co.
Sin otro particular.

JUAN CARLOS BUITRAGO ORTIZ
Director Ejecutivo ABACO

Adjuntamos circular oficial ABACO.

DESCARGUE AQUI LA CIRCULAR

Circular BA prohibición proselitismo político 11sep2023

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